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Cómo Votar en las elecciones del 27S de Catalunya desde el extranjero

A man, wearing a "Estelada" (Catalan separatist flag) casts his vote during municipal elections in Barcelona

Las elecciones al Parlamento de Catalunya se han adelantado al próximo 27 de septiembre, tal como lleva anunciando el President Mas desde hace meses. Ha costado, pero parece que es un hombre de palabra.

Como la democracia va de que todos expresen su opinión, no tenemos que olvidar que los que residimos en el extranjero también tenemos derecho a opinar, y las elecciones es un buen momento.

No voy a entrar en lo importantes que son estas elecciones tanto para Catalunya como para España, ya sea por la situación social de ambas, la confrontación política o el Procés en el que se intenta entrar desde algunos partidos. Pero lo que es seguro que los resultados van a marcar mucho en el futuro, por eso es importante que todos los catalanes que residen en el extranjero se expresen con su voto.

Así que aquí van los procedimientos…

1. Registrarse en el embajada Española

Tanto si soy residentes permanentes en Reino Unido (u otro país), como si estáis de forma temporal, debéis apuntaros en el registro CERA o ERTA.

Para comprobar que estáis correctamente registrados en el CERA, las listas se expondrán en los consulados del 10 al 17 de agosto. También, si lo solicitaste en su día, ya deberíais haber recibo una carta para solicitar el voto por correo.

Leed nuestro artículo para más info: bristolenos.com/2014/09/28/registrarse-en-la-embajada-espanola-de-londres

2. Solicitud voto electores CERA

El plazo va desde el 4 de agosto de 2015 hasta el 29 de agosto de 2015, ambos inclusive. Para las que resulten aceptadas, la Oficina del Censo Electoral (OCE) de vuestra provincia os enviará, no más tarde del 7 de septiembre de 2015 (día 15 si hay una impugnación), la documentación necesaria para votar, a la dirección postal de la inscripción de electores en el extranjero.

Si ya os inscribisteis, recibiréis la carta de forma automática. En caso negativo, comprobad el registro CERA y que estáis en él, o pasaros por la embajada.

3. Qué documentación me llegará?

Si todo lo anterior es correcto, la OCE os enviará, no más tarde del 15 de septiembre (hay que sumar lo que tarde en llegar la carta) toda la documentación necesaria que es la siguiente:

  • Hoja informativa
  • Papeletas de los partidos que se presentan y un sobre.
  • Dos certificados de inscripción electoral.
  • Un sobre en el que figurará la dirección de vuestra junta electoral.
  • Un sobre con la dirección de la embajada.
  • Impreso de solicitud de devolución de gastos de envío por correo. Votar es gratis 😉

4. Una vez con la documentación, ¿Cómo puedo votar?

  1. Introducir una papeleta en el sobre de votación. O no introducir ninguna en caso de votar en blanco.
  2. Enviar el sobre de votación dentro de la carta dirigida a vuestra junta electoral, junto con uno de los ejemplares del certificado de inscripción al censo electoral y fotocopia del pasaporte o DNI.

A partir de ahí, tenéis varias opciones:

  • Votar por correo: Introducir el sobre que va dirigido a la OCE, con vuestro voto, todo dentro del sobre que va dirigido a vuestra oficina consular (Londres o Edimburgo) con la segunda copia del registro en el censo electoral. A parte si queréis, la solicitud de devolución de gastos de envío.
    Lo habéis leído bien… el voto dentro su sobre, dentro del sobre de la OCE y éste dentro del sobre para el consulado.
  • Voto presencial: Los días 23, 24 y 25 de septiembre se habilitarán urnas presenciales en los consulados. En este caso debéis introducir el sobre de votación junto con uno de los ejemplares de inscripción del censo electoral y una fotocopia del pasaporte o DNI en el sobre dirigido a la junta electoral.

5. Si estoy registrado en el CERA y durante el proceso electoral me encuentro en España, ¿puedo votar?

Sí, si estáis inscritos en el censo de electores residentes en el extranjero podéis solicitar el voto por correo como lo hemos mencionado anteriormente, desde el 4 de agosto al 17 septiembre. Sin que suponga la baja del CERA.

6. Cómo puedo votar si resido en España pero me encuentro temporalmente en el extranjero durante el proceso?

En el caso que aún figures en el empadronamiento de tu ciudad, pero durante las elecciones estés de viaje… Puedes solicitar la inscripción de los españoles que se encuentran en el extranjero temporalmente (ERTA).

Debéis tramitar la documentación del formulario antes del 29 de agosto y el OCE se encargará de tramitar de forma urgente (antes del 15 de septiembre) el envío de los documentos arriba mencionados, a la dirección que hayáis indicado.

En este caso hay que enviar los papales a vuestra junta electoral por correo certificado.

🙂

Daros prisa que ya sabemos que las cosas de palacio…

Copia de INFO_ELECCIONES_

Más info:

twitter bristolenosfacebook españoles en UK

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