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Cómo votar en las elecciones españolas del 26 de junio

Elecciones en España

Las elecciones españolas están convocadas desde el pasado martes 3 de mayo. Según informa el Consulado General de España en Londres, quién quiera votar lo primero que tiene que hacer es registrarse en el Consulado que corresponda. En el apartado “demarcación consular” de la web, se puede comprobar si, según el lugar de residencia en Reino Unido, corresponde el Consulado de Londres o el de Edimburgo. La información que sigue se refiere al Consulado General de España en Londres.

Quien lleve o vaya a estar menos de un año en Reino Unido debe registrarse como NO residente y solicitar el voto por correo desde el Consulado. Seguirá empadronado/a en su ciudad en España y podrá mandar su voto a su delegación provincial. Para solicitar el voto, el plazo es del 3 al 28 de mayo. Durante esas fechas, puede venir sin necesidad de cita previa. Es importante que, si tiene que inscribirse además de solicitar el voto, traiga una fotografía, una fotocopia del pasaporte o el DNI, el pasaporte o el DNI original y los formularios que se pueden descargar  en el apartado “inscripción como no residente” de la web.

Quién lleve o vaya a estar más de un año debe inscribirse como residente. Esto quiere decir que ya no está (o no va a estar) empadronado en España, salvo la adscripción a una provincia a efectos electorales. Tendrá que rogar el voto para que lleguen a su casa las papeletas y podrá votar, o bien en las urnas que se instalarán en el Consulado o bien por correo. Si aún no está inscrito como residente, se ha inscrito después del 1 de marzo o ha cambiado de dirección o corregido algún dato después de esa fecha, el plazo de reclamación es del 9 al 16 de mayo, ambos inclusive. En todos los casos, hay que traer el pasaporte o el DNI original y su correspondiente fotocopia, pero si además tiene que inscribirse, deberá aportar otra fotocopia, una fotografía, una prueba de residencia y los dos formularios que encontrará en el apartado “inscripción como residente” de la web del Consulado.

Para los residentes, los formularios de solicitud de voto son remitidos directamente por las oficinas provinciales del censo electoral. También pueden descargarse de la web o facilitarse en el Consulado.

Antes de venir es necesario verificar que se tiene todo lo necesario y comprobar los horarios en la web del Consulado. Para una información más amplia se puede consultar el apartado “asuntos electorales” de la misma, que encontraréis en este enlace.

Texto facilitado por el Consulado General de España en Londres

¿Votaréis desde Reino Unido en las próximas elecciones?

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2 respuestas »

  1. Yo pedí cita en el consulado para darme de alta y la más temprana era rn Julio, coincidencia? No podré votar por desgracia.

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  2. Entonces…no podemos enviar la documentacion por correo como esta explicado en otro post de Bristolenos y solo se puede acudir al consulado para darse de alta?

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