Consejos

Volver a España: cómo exportar lo cotizado, prestaciones, estudios, etc.

maleta volver a españa

¿Has estado trabajando en Reino Unido y vas a volver a España? ¿Quieres traspasar lo cotizado en UK? ¿Puedo cobrar el paro / prestación de desempleo después de haber trabajado fuera?

Estas son las típicas dudas a la hora de volver, sobretodo con la documentación.

He acabado los estudios en el Reino Unido y regreso a España, ¿qué tengo que hacer?

Lo primero es averiguar si tu titulación es aceptada en España y debes realizar algún trámite de convalidación. En principio los países miembros tienen diferentes mecanismos para fomentar el reconocimientos de las cualificaciones. Normalmente corresponde al colegio profesional pertinente. Por ello ponte en contacto con la Consejería de Educación de nuestra Embajada:

http://www.mecd.gob.es/reinounido/

O bien, directamente con la unidad competente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en España:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones.
Responsable actual: Isabel Barrios
Paseo del Prado, 28
28014 Madrid.
Teléfono: 00 34 91 506 55 93.
E‐mail: misabel.barrios@educacion.es

En cualquier caso, lleva contigo la documentación oficial que acredite tu titulación.

He estado trabajando en el Reino Unido y regreso a España, ¿Qué documentación debo llevar?

Antes de volver, debes conseguir los siguientes certificados:

  • Certificado de la empresa o empresas en las que hayas trabajado. Debe constar el periodo, actividad de la empresa y tu categoría laboral.
  • Los documentos P60 que tu empleador te habrá dado al acabar cada año fiscal.
  • El documento P45 que te habrá entregado tu empresario al acabar tu relación laboral.

También es importante que mires de conseguir la siguiente información:

  • El certificado de Vida Laboral en UK, llamada «State Pension statement»: www.gov.uk/state-pension-statement 
  • Asimismo debes solicitar el formulario de la Unión Europea U1 (sustituye al antiguo E301). Con éste formulario se acreditan las cotizaciones en Reino Unido para poder solicitar las prestaciones en España. Aquí tienes el formulario para UK: http://www.hmrc.gov.uk/forms/2005/ca3916.pdf
    Verás que la primera pregunta que te hacen se refiere al tipo de documento que necesitas. Debes indicar la prestación por desempleo, «Unemployment Benefit Claim». También puedes hacerlo por teléfono al 00 44 191 203 7010
  • El National Insurance Number (NIN), no hay que perderlo.

¿Puedo cobrar el desempleo / paro en España después de haber trabajado en UK?

Sí puedes, pero la cuantía dependerá del tiempo trabajado en el país y la cotización. No hay homologación directa entre países y puede variar. Para ello se tiene que presentar en el SEPE (antiguo INEM) el formulario europeo U1 (mencionado en el punto anterior).

El Gobierno dice esto al respecto del tema:

«La duración de la prestación por desempleo de los emigrantes retornados o de los liberados de prisión se determinará en función de los períodos de ocupación cotizados correspondientes a los seis años anteriores a la salida de España o al ingreso en prisión respectivamente, salvo cuando los trabajadores tengan cotizaciones efectuadas en el extranjero o en prisión que sean computables para la obtención de la prestación. Para el cálculo del período de ocupación cotizada, se tendrán en cuenta los períodos de vacaciones anuales retribuidos y no disfrutados antes de la extinción de la relación laboral, así como los correspondientes a los salarios de tramitación.
Cuando las cotizaciones acreditadas correspondan a un trabajo a tiempo parcial o a trabajo efectivo en los casos de reducción de jornada, cada día trabajado se computará como día cotizado cualquiera que haya sido la duración de la jornada.»

Como todo esto depende de los días que tuvieras anteriormente en España, lo que hayas trabajado en UK (u otro país de la UE), etc. Lo mejor es que lleves toda la documentación tu oficina de desempleo y te lo digan ellos. Existen excepciones dependiendo del país que hayas solicitado la información (si son NO miembros de la CEE/UE) o si solicitaste la exportación de la prestación antes de irte. Más info: http://www.citapreviainem.es/como-pedir-el-paro-despues-de-trabajar-en-europa/

También puedes preguntar en las autoridades del Reino Unido antes de irte:

O mirar la web del SEPE (INEM) de forma online:

ACTUALIZACIÓN 19/10/2015:

Y una vez que el trabajador ha regresado a España, ¿qué hay que hacer?

Para poder cobrar el paro en España es necesario :

1º) Cotizar en España después de regresar de Reino Unido (o el extranjero). No se puede pedir el paro en España directamente tras regresar de un país europeo. El trabajador debe darse de alta con un contrato que cotice por desempleo, aunque sea por un día (esto lo hemos dicho siempre en las respuestas en los comentarios). Entonces el trabajador podrá solicitar la prestación cuando ese contrato finalice por fin de su duración, despido, etc, es decir, al encontrarse en situación legal de desempleo.

2º) Además de lo anterior, cumplir los requisitos generales para acceder a la paga por desempleo:

  • Tener al menos 360 días de cotización acumulada en los últimos seis años (a partir de la última salida de España) y que no se hayan consumido para otras prestaciones. Cuentan los días cotizados en España, en Europa y en otros países con los que haya convenio bilateral.
  • Estar en situación legal de desempleo
  • Inscribirse como demandante de empleo (apuntarse al paro)

Si el número de días de paro acumulado y no consumido, tanto en España como en país extranjero es menor de 360 y se cumplen una serie de condiciones se puede pedir el subsidio por cotización insuficiente. En el SEPE os informarán.

Si se pide el paro en España pero se ha cobrado parte de la prestación a través de otro Servicio de Empleo Europeo, se reduce del paro español el que ya se ha consumido en el extranjero. Esta información se incluye en el Formulario U1.

Veamos todo lo anterior con un ejemplo:

Digamos que tienes cotizados en España 180 días. Al quedarte sin trabajo, y sin derecho a paro, emigras a Londres, donde trabajas en una empresa de construcción durante 200 días más. Finaliza allí tu contrato y vuelves a España, con tu documento U1 que acredita los días cotizados en Inglaterra. Tienes cotizados un total de 380 días (supera los 360 días mínimos para tener derecho a paro) ¿Puede cobrar el paro directamente a su regreso?

No. Sólo podrás cobrar el paro, en España, cuando tras tu regreso, vuelvas a trabajar en España cotizando por la contingencia de desempleo y pierdas ese nuevo trabajo involuntariamente. Por ejemplo, te contratan durante una semana para una obra. Será en ese momento, al finalizar el contrato temporal, cuando al solicitar el paro se te tengan en cuenta los 180 días que tenía cotizados en España + los 200 días que cotizó en Londres + los días que haya cotizado nuevamente en España.

Las excepciones a la obligación de volver a cotizar en España

Lo explicado anteriormente es la norma general, para la que hay algunas excepciones a tener en cuenta:

a) Cuando el trabajador antes de irse al extranjero estaba cobrando el paro español y pidió suspenderlo para buscar trabajo en el extranjero: al regresar podrá pedir la reanudación de su prestación directamente, sin necesidad de volver a cotizar.

b) La exportación de las prestaciones por desempleo es un mecanismo que permite durante tres meses (ampliable otros tres), seguir cobrando en otro país europeo el paro que el trabajador cobraba en España y viceversa. Si un trabajador estaba cobrando el paro en Alemania, por ejemplo, puede solicitar “exportarlo” a España. En el caso de Reino Unido no se puede exportar el Job Seeker’s Allowance, pero si los días cotizados.

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He estado trabajando como autónomo (self-employed) en Reino Unido ¿qué debo hacer?

Debes dar de baja (cesar) tu actividad laboral en el HMRC, declarar tus ingresos y cotizaciones realizadas.

HMRC
Self assessment
PO Box 4000
Cardiff CF14 8HR
Tfno:  0044 161 931 9070

Rellenar el formulario U1 y debes optar por la opción 3ª “a full statement of National Insurance contributions”. Éste formulario solo indica las cotizaciones por lo que necesitarás más información de tus actividades laborales realizadas en UK.

Para más info consulta: http://www.hmrc.gov.uk/selfemployed/

Estoy cobrando una prestación de desempleo británica, ¿puedo seguir cobrándola en España?

Los reglamentos de la UE en materia de SS permiten la movilidad de la prestación por desempleo dentro de los estados miembros de la unión. Debes estar percibiendo la prestación por desempleo británica antes de irte del país, llevar más de 4 semanas, trasladarte a España para buscar trabajo y obtener el documento U2 por parte del JobcentrePlus.

Una vez en España, tienes 7 días para entregar el documento U2 en el SEPE (INEM). No obstante, aunque vas a percibir la ayuda británica, debes cumplir con los requisitos de la norma española para los demandantes de empleo.

Más info: http://dwp.gov.uk/international/benefits/jobseekers-allowance/jobseekers-allowance-in-eea/

¿Me vale lo cotizado en Reino Unido u otro país?

La respuesta es que lo cotizado en otro estado miembro de la UE sí CUENTA en los otros estados, entre ellos España. PERO una cosa importante es saber que la cotización NO se traspasa a España o a otro país.

Las cotizaciones siempre se quedarán en el país que se hayan pagado, pero a la hora de solicitar una prestación de desempleo, jubilación o incapacidad, se tendrán en cuenta y serán válidas para calcular los periodos o condiciones del país dónde se soliciten.

Para saber más sobre el reglamento de España: http://www.seg-social.es/reglamentoscomunitarios2

¿Qué pasa con los impuestos que he pagado? ¿Me los devuelven cuando me voy del país?

NO, es una leyenda urbana. Tal cómo expliqué en un artículo anterior sobre cómo solicitar la devolución de tasas en UK, cuando no has finalizado un año fiscal, probablemente hayas pagado más impuestos de los que te tocarían, por lo que puedes solicitar que te den los que has pagado de más.

Así que recuerda, si has pagado los impuestos que te tocaban, no te van a devolver nada. Los impuestos se pagan en el país que has vivido por los servicios públicos que ofrece.

¿Cuando vuelva a España tendré derecho a la sanidad pública?

Cómo ya supimos en las pasadas Navidades, gracias al Gobierno del PP, aquellos españoles que pasen 3 meses sin cotizar en España, perderán el derecho a la asistencia médica gratuita.

Pero no desesperéis, en tal caso, a parte de poder viajar a España con la Tarjeta Sanitaria Europea que proporciona el Gobierno británico, podemos exportar el derecho a la asistencia médica gratuita gracias a lo cotizado en la sanidad británica.

Para ello debéis seguir con el papeleo y conseguir el formulario U2 y entregarlo en España. Para más información hay que contactar con el departamento de sanidad de vuestra comunidad autónoma, para que os digan si hace falta más formularios.

Aquí tenéis el formulario U2: http://www.hmrc.gov.uk/forms/ca8454.pdf

Si crees que se te olvida algo…

Dependiendo de la Secretaría de Inmigración, existe la Oficina Española de Retorno, la cual se supone que te ayudará o proporcionará información al respecto

Para contactar con la Oficina Española del Retorno:
Teléfono: 00 34 91 363 1654.
Correo electrónico: oficinaretorno@meyss.es

Hasta aquí todo. Un saludo.

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168 respuestas »

  1. hola buenas .
    He trabajado 5 años en uk, y a mi regreso a españa he trabajado dos meses.
    He leido que, si no tienes cotizado 360 en la seguridad social española, antes de tu salida al extranjero no podrias solicitar la prestacion contributiva, es asi?
    alguien que haya estado en mi situacion.
    gracias un saludo

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    • Hola, me podrías decir si averiguastes esto. Yo he trabajado en el UK 12 años, acabo de regresar, estoy recibiendo la RAI, pero empiezo a trabajar contrato jornada parcial 31 horas, contrato 2 meses, quizás porrogables otros 2 meses. Consumí mi prestación por desempleo anteriores. No me queda nada claro, si una vez mi contrato termine, debo reanudar la RAI o solicitar desempleo. Y los funcionarios aquí tienen menos idea que yo.
      Gracias

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  2. Hola, Me podríais especificar cómo conseguir el certificado de empresa? He hablado con las dos empresas en las que he trabajado y no tienen ni idea de lo que es eso. Muchas gracias!

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  3. Hola buenas.
    Mi situación es la siguiente… estoy cobrando la prestacion por desempleo al haber cotizado 36 meses en uk mas 2 en españa a mi regreso. Recibi el forulario U1 que presenté en la oficina del SEPE para poder solicitar la prestacion.
    Mi duda surje ya que a la hora de acceder a mi portal de la SS solo se me tiene en cuenta el tiempo cotizado en españa. Deberia presentar el formulario U1 también? hay otro formulario que haya que solicitar para que tengan en cuenta este periodo trabajado.

    Gracias

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  4. Hola buenas tardes.

    Mi duda es la siguiente: yo he cotizado año y medio en UK, mi antigua prestación de 5 meses se extinguiré en breve ya que no regreso a reanudar. Cuando vuelva a España en el futuro, digamos que trabajaré con un contrato de una semana de duración y de una cuentía de 1000 Euros.

    A la hora de quedar en situación de desempleo, cómo calcularía el SEPE la cuantía de la prestación?? En teoría se tienen en cuenta los salarios de los últimos 6 meses pero, eso es en el caso de haber trabajado en España. Qué sucedería en éste caso concreto?

    La 2º consulta es: el U1 tarda unos 2 meses en ser tramitado y expedido y sólo pueder ser solicitado 2 semanas antes de dejar UK. Una vez que se acabase mi contrato de una semana en España, tendría que esperar 2 meses a que llegase el U1 o se tramitaría el paro de forma provisional y a la espera del U1, cuál es el procedimiento en éste caso particular?

    Saludos cordiales

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    • Yo he realizado el trámite así: Fui al SEPE me pidieron el U1 y que haya trabajado aquí después de regresar de UK para que de esa cuantía contabilicen para sacar el paro.

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  5. Estuve leyendo muchos comentarios pero sigo igual… mi consulta es: llevo 6 anos de SELF-EMPLOYED, una vez solicitado el Formlario U1 , mis aportes de UK cuentan en Espana y me sirve para solicitar el paro si lo necesitara? Gracias.

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  6. BUENOS DIAS, HE VUELTO HACE UNOS 9 MESES APROXIMADAMENTE, ESTOY TRABAJANDO EN ESPAÑA Y ME GUSTARIA SABER EN CASO DE QUE ME QUEDE EN PARO, COMO GESTIONAR LA EXPORTACION DE LO COTIZADO EN EL REINO UNIDO Y DONDE TENDRIA QUE LLEVAR TODA LA DOCUMENTACION QUE TENGO PARA QUE NO HAYA PROBLEMAS EN EL FUTURO.
    MUCHAS GRACIAS POR TODO,
    ELENA

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  7. Hola, tengo una duda. He trabajado en Reino Unido desde Septiembre 2015 y terminaré de trabajar el 31 de Marzo 2017. Podria solicitar la devolución de impuestos del año fiscal desde 6 Abril 2016 al 5 de Abril 2017 y si decido volver en 2 meses, no tendría que devolver el dinero, no? Puesto que ya estaríamos en otro año fiscal. Podría alguien confirmarlo por favor? Gracias

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  8. Mi duda es… Yo he estado trabajando en uk para una agencia pero no tengo nningun documento que lo acredite….ya desde españa,como puedo conseguirlo?gracias!

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  9. Hola, alguien sabe que pasaria en el caso de haber trabajado en Londres varios años sin haberte dado de alta consular y volvieras a España con lo ganado? Suponiendo que entregaras toda la documentacion que comentais.

    Muchisimas gracias por cualquier respuesta que pudiera recibir!

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  10. Hola. Esto es aplicable si quien emigra a España no es Español? Mi pareja es francesa y despues de trabajar en Londres 5 años nos mudamos a España y el quisiera cobrar el paro ingles en Barcelona. ¿ Es eso posible? Muchas gracias.

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  11. Hola! Una pregunta, si anteriormente no he cotizado nunca en España pero si en UK, y al volver cotizo al menos un día si tengo derecho a paro verdad? Y otra pregunta, con quien tengo que hablar o que papeles tengo que rellenar para poder llevarme lo que he pagado en mi pensión privada a España? Gracias!

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  12. Hola,
    Yo tb he solicitado el U1 el 27 de junio desde el INEM, lo estoy esperando pq necesito el tpo trabajado en Londres para cobrar la prestación, todavía no sè nada.
    He leído que normalmente tarda 2-3meses, pero que ahora estàn teniendo muchas solicitudes y puede tardar hasta 5 meses.
    Agradecería que alguien que lo haya recibido recientemente dijese cuanto le ha tardado y si hay diferencia de tiempo a si lo pides tú en Londres a que te lo soliciten desde el Inem.
    Gracias

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  13. Yo estoy en la misma situación que Raul. He vuelto hace un mes de Portugal, donde he estado 6 meses trabajando y solicité el U1 el dia antes de volverme a España. me dijeron que me lo mandarían por correo pero no sé cuanto tardará, y mi pregunta es que sin haberlo recibido, ¿Si me dan de alta en España y me quedo parado, sin haber sumado los 360 días cotizados en España, pues a día de hoy llevo 270 días cotizados, y necesito los de Portugal para poder llegar al año cotizado, podría solicitar paro, o tengo que esperar obligatoriamente hasta que llegue para poder solicitarlo? Es que si transcurren 15 días desde el cese laboral en España, no tienes derecho a solicitar prestación.

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    • Hola!tienes que solicidar la prestación en los 15 dias reglamentarios y presentar una copia de la expedición del U1, con eso t qda solicitado y empezaràs a cobrar cd recibas el u1, te pagaràn los atrasos, pero hasta que recibas el u1 no cobraràs nada.

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  14. Hola, estuve trabajando en inglaterra aproximadamente 1 año y hace como dos meses envie el modelo U1 para solICITAR LO COTIZADO EN UK pero despues de dos meses aun no me han enviado nada… ¿ Es normal?
    ¿Se puede solicitar lo cotizado directamente en el INEM de españa?

    Muchas Gracias!

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  15. Esto ya se ha quedado completamente obsoleto. El paro se puede pedir en España sin necesidad de volver a cotizar una vez de vuelta del Reino Unido. Si no dejas el trabajo en UK por voluntad propia tendras derecho a percibir el paro.

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    • Hola, e trabando por 6años en UK kiero volver a españa a probar kedarme pero no se bien la situación laboral. Yo deje el trabajo para volver , me preocupa las condiciones laborales q me ofrezcan, por lo cual si trabajo unos días en cualkier trabajo luego podría solicitar paro hasta conseguir algo bueno ?? O normal? Gracias

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        • Vale gracias como ya dije en mi comentario, me van asegurar una semana, cuando llegue a España, pero quiero saber cuanto voy a cobrar porque por lo que he leído en la página del inem, no tienen en cuenta el salario que hayas tenido en uk. Entonces como lo calculan? Con la base reguladora del salario de esa semana en españa? Eso es muy raro.

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  16. Buenas!
    He trabajado en UK 4meses y medio y me vuelvo para España. Al parecer en este caso puede que me devuelvan parte de las tasas pagadas, pero que es lo que deberia hacer? Sollicitar el P85, el certificado de la empresa y las partes 2 y 3 del P45?
    Me vuelvo a España en una semana y querria solicitar todos los documentas ya.
    Gracias de antemano

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  17. Buenas tardes. Estaria interesada en saber si en el caso de que cuando te fuiste al extranjero suspendiste el paro, has estado trabajando allí y luego te vuelves a España en menos de un año…
    1-podrías solicitar el paro?
    2-te podrían contabilizar los días trabajados en españa?
    3- tendría que solicitar el p60, p45 y el u1 también?
    muchas gracias y perdona por las molestias ocasionadas…

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  18. Hola! Tengo una duda. He tratado de rellenar el State Pension statament, y al tratar de registrarme, no pueden verificar mi identidad al no tener pasaporte británico. Sabéis si existe otra forma de hacerlo online o debo hacerlo mediante correo?? gracias

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  19. Hola, estoy mrando todos los papeles xa irme a espanya y cobrar la prestacion de desmpleo al llegar. Mi pregunta es en qué se basara cuanto cobrare de la prestacion del paro?el darme un de alta un dia solo puede afectarme en la cantidad que vaya a cobrar?seria mejor cotizar minimo un mes a tiempo completo antes de solicitar la prestacion?. Y mi tercera pregunta..de que manera puedo solicitar P45 perdidos?

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    • El P45 siempre te lo dan cuando terminas un trabajo. Para cobrar aquí necesitar haber cotizado nuevamente. El U1 dice sólo el tiempo trabajado en días, así que el monto va a depender de tu base de cotización en España.

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      • Yo, tengo p45 perdidos porque trabaje para agencias un tiempo, y el hmrc me mandó como un statement con el tiempo trabajado y salario y me dijo que eso valia igual que el p45.
        Sabéis si vale eso es así ?

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  20. Hola,
    en mi caso volví a España por una situación familiar y me negaron la prestación al haberme marchado del trabajo de manera voluntaria. Me explicaron que para poder cobrar necesitaba al menos trabajar en España un día, tal como explicáis vosotros. Ahora sigo en paro pero me ha salido un trabajo con contrato de 5 horas durante un solo día para cubrir un evento como fotógrafo. La pregunta es, ¿me sirve para solicitar la prestación? Hasta donde sé (o sabía), un contrato de varias horas a efecto de cotización es como un día completo, pero no lo tengo claro… Muchas gracias por vuestra ayuda!

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  21. Hola. Leyendo este post me surge una duda. Acabo de cambiar de trabajo y tengo tanto los P60 de todos los años como el P45. Pero nunca había leído que necesito un certificado de la empresa diciendo el tiempo ni el puesto desempeñado. ¿ Realmente necesito un certificado de la empresa con esa información para compulsar el paro en España cuando vuelva? Gracias.

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  22. Hola, tengo una duda,llevo 6 anos en el Reino Unido y quiero regresar a espana en dos meses,mi pregunta es puedo solicitar el documento U1 antes de acabar de trabaja?ya que escuchado que tarda dos meses y me urge tenerlo cuanto antes.gracias

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    • Es mejor que lo gestiones desde allí, pero para ello tienes que tener el P45 de todos tus trabajos y enviarlos a una dirección que está en su página. A mí llegó después de 3 meses a España.

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  23. Hola, tengo una duda respecto al formulario de U1. Este formulario ¿ha de ser solicitado a la oficina del Inem de Reino Unido cada vez que cambie de empleo o solo cuando vaya a regresar a España lo pido de una sola vez y obtengo un formulario completo con información de todos los periodos cotizados en Inglaterra incluyendo todas las empresas para las que he trabajado en ese periodo?

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  24. «se determinará en función de los períodos de ocupación cotizados correspondientes a los seis años anteriores a la salida de España» es decir, tengo que haber cotizado en Espana anteriormente? Mi primer trabajo fue en UK…

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    • Hola Amaia,

      Veo que nadie ha respondido a tu pregunta y me gustaria saber si has encontrado mas informacion al respecto. Estoy en una situacion muy parecida y aun en el Reino Unido pero con planes de volver a Espana. Mi primer trabajo ha sido en UK y ya llevo cotizados unos buenos años. Se confirma que es solo para los que trabajaron en Espana antes de emigrar? Gracias.

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  25. Hola he cotizado seis meses de trabajo en Alemania y 12 meses de una incapacidad temporal la pregunta es …. El tiempo que estuve de baja me pagaba un seguro privado que me descontaba una parte para tener prestación de desempleo cuando esté de alta médica y fondo de pensiones… El caso es que me puse aún peor… Casi apuntó de morir de un infarto y decidí venirme para España… Y ahora no sé si aquí me van a descontar los días para el desempleo o me lo van a sumar el tiempo de baja….ya que mi krankenkase pagaba y yo una porción para después tener desempleo … Y no se … Qué pasa aquí en España a la espera estoy…de respuesta…

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    Puedes dejar un comentario en este artículo si lo deseas, pero si quieres una respuesta a una duda por parte del equipo de Bristoleños.com deberás postear tu consulta en el nuevo foro que hemos creado:

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    El motivo es que queremos que sea más fácil encontrar todas las consultas y dudas de la gente. Por ello, un foro abierto será más sencillo de gestionar.

    Muchas gracias por comentar y participar de la comunidad 🙂

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    • Hola Bea, quería preguntarte si En el U1 que recibiste indica la fechas en las que ha trabajado o solo las cantidades cotizadas? Me gustaría saber esto porque al principio trabajaba parte time y no pagaba taxa durante un año. GRACIAS

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      • Indica sólo fechas. Y eso es bueno, porque en España te contabilizan el tiempo, por ello para cobrar alguna prestación tienes que estar dado de alta acá y en base a ello será tu prestación.

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        • Hola Celinda,
          Gracias por la respuesta, lo que me dá pie a preguntarte lo siguuiente. ¿Cómo se sabe si el tiempo que has trabajado en U.K. (como es mi caso) ha quedado bien registrado en España? lo digo por que si se pide el informe de «vida laboral» no aparece reflejado.
          Gracias.

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